Bienvenido/a al Canal de Comunicación del Colegio de Arquitectos de Madrid.



    El Canal de Comunicación es una vía de información que permite gestionar comunicaciones relacionadas con incumplimientos de la Ley, sospechas de ilícitos penales, infracciones de los intereses financieros de la Unión Europea y/o vulneraciones de la normativa interna de COAM.

Quién puede hacer uso del Canal de Comunicación

Pueden realizar comunicaciones todas aquellas personas que mantengan una relación laboral, profesional, mercantil o cualquier parte interesada de COAM. Con carácter enunciativo, pero no limitativo las siguientes:

  • Miembros de la Junta de Gobierno.
  • Empleados.
  • Personal en prácticas.
  • Proveedores.
  • Personas con relación profesional mercantil con COAM.
  • Resto de partes interesadas de la Organización.

¿Qué hechos se pueden comunicar a través del Canal de Comunicación?


  • Sospechas de ilícitos penales.
  • Acoso laboral o sexual.
  • Infracciones administrativas graves o muy graves de la Ley.
  • Infracciones de los intereses de la Unión Europea.
  • Incumplimiento de la normativa interna de COAM.
  • Otros.

¿Cómo tratará mis comunicaciones el Responsable del Canal de Comunicación?

Toda la información traslada a través del presente Canal se tratará de modo confidencial. El Canal permite la realización de comunicaciones anónimas. COAM garantiza en todo momento la protección de los derechos del informante y la persona afectada tal y como dispone la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. COAM ha procedido a la externalización de la gestión del Canal en un tercero externo.